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sábado, 13 de febrero de 2016

Gobierno Colombiano debe ser justo con trabajadores de TELECOM al hablar de paz

Juan Manuel Santos, Presidente,
Foto: semana.com
Miles de padres y madres cabeza de familia expulsados injustamente de TELECOM y de otras entidades, le ruegan al Presidente de la República de Colombia, Juan Manuel Santos, que nombre al frente de las entidades personas que sepan leer, entender, valorar y respetar el significado de la justicia en nombre del pueblo. 

Tal es el caso del incumplimiento del Gobierno Colombiano a lo ordenado por la Sala Plena de la Corte Constitucional, administrando justicia en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución, en la DECISIÓN SU 377/14:
 "Trigésimo.- ORDENAR al Consorcio a cargo de la administración del PAR de TELECOM que en el término máximo de los tres (3) meses siguientes a la notificación de esta providencia, en coordinación con el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones, adopte un plan de reubicación de las madres y padres cabeza de familia desvinculadas de TELECOM, e incluir en él con prioridad a los señores Wilson José Daza Daza (T-2546795), Diana Patricia Demoya (T-2546795), Myriam García Londoño (T-2546795), Antonio Javier Espinosa Guzmán (T-2546795), Olga Ruth Gañán Parra (T-2531642) y José Eduardo Peña Armenta (T-2531642). Ese plan deberá asegurarles a estas personas, en el plazo máximo de un (1) año contado desde el momento en que se notifique este fallo, un derecho preferencial a ingresar a un empleo en condiciones al menos iguales al que tenían en la hoy liquidada TELECOM. Ello no obsta para que en los casos en que los empleos estén sujetos al ingreso por carrera administrativa, tales personas deban, mientras no se haya convocado concurso, ser nombradas provisionalidad o, cuando sea convocado el concurso de méritos, presentar las pruebas correspondientes para ser vinculadas".
Posteriormente, en el Auto 503 del 2015, la misma Corte Constitucional le dijo claramente al PAR que no se confunda al leer: 
"A juicio de la Corte, el numeral trigésimo no contiene fragmentos de difícil intelección o que den lugar a ambigüedad, en los términos planteados por la solicitante. Es claro que el PAR debe adoptar un plan de “reubicación de las madres y padres cabeza de familia desvinculadas de TELECOM”, e incluir en él con prioridad a los seis (6) accionantes mencionados específicamente en la sentencia SU-377 de 2014".
Por esto, las sentencias constitucionales en favor de los extrabajadores de TELECOM deben ser acatadas por el Gobierno Nacional, incluidos el Patrimonio Autónomo de Remanentes (PAR) de TELECOM, el Ministerio TIC, y el Ministerio de Trabajo. La obediencia a las órdenes judiciales en favor de los extrabajadores de TELECOM es un requisito indispensable para lograr la paz que tanto pregona el señor Presidente en sus declaraciones de prensa.

miércoles, 28 de enero de 2015

Demoran informes en PAR TELECOM

PAR TELECOM depositario de recursos de TELECOM en liquidación.

¿Alguien tiene la autoridad para realmente velar por los recursos de los ex trabajadores de TELECOM puestos en manos de los administradores del PAR? La pregunta surge del hecho de que en julio del 2014 presentaron el informe de la revisora fiscal del PAR TELECOM correspondiente a diciembre de 2012, lo cual es un indicativo de la "frescura" con la que se toman las cosas en las entidades a cargo de los bienes de TELECOM en liquidación.

Ver fechas del informe sobre las operaciones financieras del PAR: fiduagraria.gov.co

Los EX TRABAJADORES DESPEDIDOS durante los años 2002-2006 por el gobierno Uribe siguen clamando justicia y reconocimiento a los derechos laborales y civiles de las empresas cerradas irregularmente liquidadas, según la Coerte Suprema.

jueves, 18 de diciembre de 2014

Acuden a obtener certificaciones de tiempos laborados en TELECOM

Patrimonio Autónomo de Remanentes PAR,Calle 12 C No. 8 – 39 Piso 7, Bogotá, Colombia.  

TELECOM former employees are asking working Certifications


Ex trabajadores de TELECOM acuden ante el PAR TELECOM para obtener certificaciones de los tiempos laborados en esa empresa para contar con los soportes legales para certificar experiencias laborales y para soportar eventuales trámites de solicitud de pensión.

Tal es el caso de Francisco José quién respetuosamente solicitó que le fueran entregadas copias de los siguientes documentos:

viernes, 10 de octubre de 2014

Impugnan sentencia 377 de la Corte Constitucional de Colombia

 Appeal Against Decision of the Constitutional Court of Colombia

Impugnan la sentencia 377/14, emitida por la Corte Constitucional de Colombia en junio del 2014, para buscar respeto a la reclamación justa de los Extrabajadores de TELECOM, en cuanto al Plan de Pensión Anticipado (PPA) aprobado por Telecom antes del cierre, los derechos de Reten Social y de Fuero Sindical.

Buscando la verdad sobre la información que le fue suministrada a dicha Corte para verificar que sea veraz, que se corresponda a la verdad legal y que se confronte con los archivos de Telecom, Telecom en Liquidación o Patrimonio Autónomo de Remanentes (PAR) de Telecom y Fociga, se presentó una acción de impugnación parcial a la sentencia 377, “con el propósito de buscar enmendar errores en la protección de la dignidad de las personas y así evitar malos entendidos en las decisiones legales”, señaló ex trabajador de TELECOM.  

En la última semana de octubre en la sala de reuniones de la Alta Consejería Distrital para los derechos de las Vícitimas (Bogotá), se efectuará una reunión con el fin de debatir el resultado final de la Sentencia 377/14,  sus alcances y falencias

“Además, en el camino de la Paz, el Gobierno Nacional debe garantizarle a los ex trabajadores de TELECOM y las Teleasociadas, ser escuchados en el ámbito internacional y de cara a la mesa de diálogos de paz en la Habana, Cuba”, dijo el vocero de los despedidos de TELECOM.

viernes, 29 de noviembre de 2013

Magistrados convocados a pronunciarse sobre ex trabajadores de Telecom

Judges called to rule on TELECOM former employees.

 Richter aufgerufen, über TELECOM ehemalige Mitarbeiter Regel 

Bogotá D.C., veintiocho (28) de noviembre de dos mil trece (2013). Los Magistrados de la Corte Constitucional de la República de Colombia fueron convocados por su Presidente para sesionar en el recinto de la Sala Plena de la Corte Constitucional, a partir del martes tres (3) de diciembre y hasta el jueves cinco (5) de diciembre para considerar varios temas entre los cuales  figura, en el punto 23, las "Acciones de tutela instauradas por ex trabajadores de la empresa TELECOM contra el P.A.R. Telecom" dentro del Expediente T 2451880 Acumulado.


Para consultar el  orden del día de la Sala Plana  de la Corte  Constitucional, diríjase al link:


miércoles, 30 de octubre de 2013

CITADA HOY REUNIÓN DE EX TRABAJADORES DE TELECOM

FECHA: MIÉRCOLES   30  DE  OCTUBRE 2.013
Hora:      2:00 P.M. 
Dirección: Carrera  15   N°.  45 - 18,   BOGOTÁ
El Grupo HORMIGUITAS2003   INVITA  a participar de la Jornada del día 30 de Octubre de 2.013, a las 2 PM, en la carrera 15 No. 45-18, Teusaquillo, Bogotá, para conocer sobre el caso de los Ex-trabajadores de Telecom, Pensionados de Telecom,  Ex-trabajadores de las Tele-asociadas, Grupo de compañeros que se acogieron al Plan de Retiro Voluntario en el año 1.995, Así mismo, sobre la situación de los Prepensionados según Sentencia SU. 897/12 de la Corte Constitucional, Pensionados según Sentencia SU. 897/12, Compañeros en el Proceso No. 2451880 en Revisión en la Corte Constitucional hace 4 años, (PPA, RETEN SOCIAL, FUERO SINDICAL).
Además se hará un examen sobre el Caso Fondo de Vivienda de Telecom (Tutelas Impetradas). También se dará un informativo sobre charlas y reuniones efectuadas con la Procuraduria, Ministerio de Justicia, Ministerio del Trabajo.
 
Edificio de Telecom en Pereira, Colombia, patrimonio de los colombianos.
Otros aspectos que se se analizarán son los siguientes:

- Teniendo en cuenta a los Extrabajadores de Telecom en el Fallo de la CORTE CONSTITUCIONAL.
- Teniendo en cuenta a los Extrabajadores de Telecom y Pensionados en la SALUD.
- Teniendo en cuenta a los Extrabajadores de Telecom en el RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS.
- Teniendo en cuenta a los Extrabajadores de Telecom y Pensionados en el  RESPETO A LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES.
- Teniendo en cuenta a los Extrabajadores de Telecom y Pensionados en el DERECHO A UNA VIVIENDA DIGNA Y AL RESPETO DE SUS DERECHOS.
- Teniendo en cuenta que hoy están viendo como son atropellados sus DERECHOS.
- Teniendo en cuenta las NUEVAS REFORMAS A LA SALUD Y PENSIONES QUE no es sino para ENRIQUECER A UNOS POCOS YA QUE HOY ES EL MEJOR NEGOCIO.
 

sábado, 31 de agosto de 2013

PAR otorga pensiones a ex trabajadores de Telecom por primera vez

Por primera vez en la historia PAR concede pensiones.

PAR provides pensions to former employees of Telecom for the first time

Pese a que Telecom en Liquidación ni el PAR nunca había dado nada a los trabajadores algo, salvo por mandato judicial, en esta ocasión es diferente ya que por mera liberalidad e interpretación se concedieron las primeras pensiones a gente que llevaba diez años reclamando ese derecho. 

 No obstante lo anterior, el líder de los ex trabajadores insiste en que presentando las acciones de tutela para lograr la pensión se debe obtener un resultado positivo “teniendo en cuenta QUE LA CONVENCIÓN COLECTIVA DE TRABAJO es la LEY ENTRE LAS PARTES, ADEMAS DE SER LO MÁS GARANTE, PROHOMINE Y APLICABLE AL TRABAJADOR”.

 Sí la tutela se presenta en debida forma, esta reclamación ante los diferentes jueces de la república, debe ser favorable porque: “Los derechos Convencionales a que tenemos derecho los debemos fundamentar desde el artículo 16 de la Ley 2 de 1.932, siendo preciso tener en cuenta que, dentro de nuestro sistema jurídico colombiano se consagran una serie de principios que contribuyen a esclarecer el verdadero sentido de las normas”. 

 Por ejemplo, “el artículo 5º. de la Ley 153 de 1.887 y el artículo 26 del código civil, determinan que los jueces y funcionarios públicos, en la aplicación de las Leyes a los casos particulares y en los administrativos, las interpretan por vía de doctrina, en busca de su verdadero sentido, así como los particulares emplean su propio criterio para acomodar las determinaciones generales de la ley a sus hechos en intereses particulares. Y el articulo 32 ibídem señala como principio que los pasajes oscuros o contradictorios de la Ley se interpretaran del modo que más conforme parezca al espíritu general de la legislación y a la equidad natural. Lo anterior para resaltar, la importancia que tiene la interpretación con un criterio de equidad, de aquellas Normas que a lo largo de los años han regulado el régimen prestacional de los empleados de Telecom”, se explicó. 

 Documenos relacionados:

LEY 33 DE 1985 (enero 29) por la cual se dictan algunas medidas en relación con las Cajas de Previsión y con las prestaciones sociales para el Sector Público. 

DECRETO 2090 DE 2003 (julio 26) Por el cual se definen las actividades de alto riesgo para la salud del trabajador y se modifican y señalan las condiciones, requisitos y beneficios del régimen de pensiones de los trabajadores que laboran en dichas actividades.

miércoles, 19 de junio de 2013

Advierten errores por treinta mil millones de pesos en el PAR

PAR carece de procedimientos según Contraloría.
Foto: freedigitalphotos.net
Warn errors by thirty billion colombian pesos by TELECOM administrator named PAR
Tras una auditoría de la Contraloría General de la República, ”…se establecieron treinta y cuatro (34) hallazgos administrativos de Patrimonio Autonomo de remanentes (PAR), de los cuales, uno (1) corresponde a hallazgo con posible alcance fisca; dos (2) tienen posible alcance disciplinario…”; así aparece en un informe suscrito el 5 de julio 2012, por Nelson Izaciga León, Contralor Delegado Sectorial, el cual fue notificado a Hilda Terán Calvache, Apoderada General Patrimonio autónomo de Remanentes, PAR.
El Informe de auditoría con enfoque integral señala que “…los errores o inconsistencias encontradas (…) ascienden a $30.510,8 millones, valor que representa el 17% del Pasivo más Patrimonio de la entidad, el cual asciende a $178.428,8 millones”.
Así mismo, le critican a la señora Terán Calvache que “…el PAR carece de procedimientos de contratación establecido, reglamentación de los comités virtuales y duración de los comités, lo que genera debilidades en la dirección de la entidad, falta de control interno y fallas en los procedimientos”.

Si bien el informe menciona aspectos generales sobre las tutelas de los ex trabajadores de Telecom en contra del PAR, no esclarece ningún pronunciamiento a este respecto.
Véase documento completo de Contraloría: Informe de auditoría con enfoque integral
Enlace del PAR: http://www.par.com.co/par/index.html

sábado, 6 de octubre de 2012

MinTrabajo pide al PAR TELECOM tomar correctivos solicitados por ex trabajadores


Comunicado MinTrabajo 142390 del 23 de septiembre de 2012 
El Ministerio del Trabajo de Colombia le pidió al PAR de TELECOM resolver la situación de los ex trabajadores de TELECOM mediante comunicado del pasado mes de septiembre. 

Este pronunciamiento del Ministerio de Trabajo se suma al de la Procuraduría en el sentido de pedirle al PAR solución a las peticiones de los ex trabajadores de TELECOM, por el injusto e irregular despido del año 2003. 

El Ministerio dijo en el comunicado que "Se ha dado traslado por competencia (…) a la doctora Hilda Terán Calvache, Gerente del Patrimonio Autónomo de remanentes de TELECOM EN LIQUIDACION, ubicada en Calle 12C No. 8-39 piso 7 Bogotá”, solicitándole “la apoción de las respuestas necesarias para satisfacer sus peticiones y, si es del caso, se tomen los correctivos que confieren la Constitución Política y la Ley para tales fines”.

También, el Ministro de Trabajo le delegó a la Dirección Territorial de ese ministerio la función de efectuar el seguimiento a la solición de conflictos como este, según se lee en el comunicado 142390 del 23 de septiembre de 2012, el cual fue firmado por la Subdirectora de Inspección del Ministerio de Trabajo.

 Comunicado MinTrabajo 142390 del 23 de septiembre de 2012 


martes, 24 de julio de 2012

Ministerio TIC traslada al PAR queja de ex trabajadores de Telecom

Edificio Murillo Toro, sede de MinTIC, Bogotá.
“Entre las obligaciones que tiene el patrimonio autónomo de remanentes se encuentra la de realizar los trámites correspondientes a su solicitud”, dijo la Secretaria General del Ministerio de Tecnologías TIC al Presidente de CUT, Domingo Tovar, en relación con las quejas de los ex trabajadores de Telecom.

El pronunciamiento se dio en respuesta al radicado 482825 del 21 de junio de 2012, con referencia: “Solicitud cita acalración, derechos fundamentales. Trabajadores Telecom y Teleasociadas en Liquidación. Irregular cierra de Telecom en Liquidación Decreto 4781 de 2005, según fallo del Consejo de Estado de fecha 22 de marzo de 2012”.

Léase documento: Min TIC traslada a PAR queja de CUT