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miércoles, 13 de noviembre de 2013

Contaminan el mar pero nadie sale responsable

 
Petrolero provocó catastrofe ambiental en el 2002.
Foto: greenpeace.org

They pollute the sea, but nobody gets out responsible

  Eles poluem o mar, mas ninguém sai responsável  


A Coruña, 13 nov (EFE).- El presidente del tribunal que realizó el juicio por la catástrofe medioambiental provocada por el hundimiento del petrolero 'Prestige' en noviembre de 2002 frente al litoral gallego, Juan Luis Pía, afirmó durante la lectura de la sentencia que no existe responsabilidad penal y que el accidente se produjo por un fallo estructural cuyo origen "nadie puede precisar". Enlace: es.noticias.yahoo.com

El 19 de noviembre de 2002, tras seis días a las deriva frente a Fisterra (A Coruña) - costa norte de España- el 'Prestige', un barco petrolero al parecer con defectos de fabricación y pobre mantenimiento que operaba bajo bandera de Bahamas, se partió en dos y se hundió provocando un inmenso vertido de combustible que contaminó las costas de Galicia y afectó a más de 1.700 kilómetros de litoral, desde Portugal hasta Francia.

La comunidad internacional se encuentra indignada por la inchorente acción de la justicia en la protección de los derechos fundamentales al medio ambiente.

miércoles, 4 de abril de 2012

Nulidad de liquidación de TELECOM y sus consecuencias

"TELECOM es COLOMBIA..." hasta que se determine el avalúo de la infraestructura de telecomunicaciones construida por los colombianos durante más de medio siglo. Edificio de TELECOM en MAICAO. Foto: medioalternativo07.


Bogotá. El 22 de marzo el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley,  emitió en un documento de 52 páginas el siguiente fallo: DECLÁRASE la nulidad del parágrafo del artículo 2º del Decreto núm. 4781 de 30 de diciembre de 2005 y de la expresión “… no afectos a la prestación del servicio público de telecomunicaciones …”, contenida en el artículo 3°, ibídem, que modificó el numeral 12.1 del Decreto 1615 de 2003. DENIÉGANSE las demás pretensiones de la demanda. TIÉNESE al ciudadano JORGE ALBERTO JURADO MURILLO y a quienes representa, así como a la UNIÓN SINDICAL DE TRABAJADORES DE LAS TELECOMUNICACIONES – USTC, representada por su Presidente y Representante Legal, señor ALVARO ENRIQUE MOLINA, como coadyuvantes de la demanda dentro del expediente radicado bajo el núm. 2006-00039”.

De acuerdo con las definiciones académicas, “La Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo es aquélla destinada al conocimiento y aplicación del Derecho en el orden administrativo o del Derecho administrativo, es decir, el referente al conjunto normativo destinado a la regulación de la actividad de la Administración pública en su versión contenciosa o de control de la legalidad y de sometimiento de ésta a los fines que la justifiquen”,  tomado de Wikipedia -Jurisdicción_contencioso-administrativa

En Colombia, “Los funcionarios tendrán en cuenta que la actuación administrativa tiene por objeto el cumplimiento de los cometidos estatales como lo señalan las leyes, la adecuada prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados, reconocidos por la ley;  según el artículo 2, del Código Contencioso Administrativo.

Para conocer las consideraciones del fallo del Consejo de Estado acerca de la liquidación final de Telecom, Hormiguitas 2003 ha facilitado una copia de este documento el siguiente enlace:


viernes, 30 de marzo de 2012

Anulan liquidación de TELECOM

Telecom fue militarizado el 10 de junio de 2003
 y más de 4000 mil trabajadores fueron 
desalojados de sus puestos de trabajo. 

El Consejo de Estado declaró la nulidad de una norma que fijaba para el 31 de enero de 2006 la liquidación de la Empresa Nacional de Comunicaciones, TELECOM.

Para la colegiatura, es necesario un inventario técnico detallado de los bienes y un avalúo financiero de la entidad, antes de fijar la culminación del proceso liquidatorio. 

 "El Ejecutivo introdujo una modificación que viola el ordenamiento jurídico vigente, por lo que se declarará su nulidad, pues la ley no distinguió entre los bienes afectos al servicio y los que no lo son, para efectos de excluir aquellos de la masa de liquidación", dice la sentencia conocida en exclusiva por el Noticiero de la F.m.

El programa de "renovación del estado"
del  gobierno Uribe  cerró TELECOM y 
decenas de entidades estatales y dejó a más de 50.000
servidores públicos marcados con el signo del desempleo.

Los analistas en avaluos descubrirán que la infaestructura que usa TELEFONICA  es en realidad patrimonio de los colombianos.

Enlaces relacionados:

lunes, 26 de marzo de 2012

ACCIÓN DE NULIDAD CONTRA CIERRE DE TELETOLIMA

Ex trabajadores de TELECOM y de las TELEASOCIADAS se preguntan por las actuaciones de los abogados frente al Consejo de Estado por diversas situaciones relacionadas con el cierre de estas empresas de telecomunicaciones en el año 2003 y siguientes, lo cual condujo al despido de más de 4.000 ciudadanos que se encontraban vinculados como trabajadores para la época.

Para hacer una consulta directa por internet sobre la ACCIÓN PÚBLICA DE NULIDAD INSTAURADA CONTRA EL DECRETO 1612 DE 12 DE JUNIO DE 2003, EXPEDIDO POR EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Y OTROS, POR MEDIO DEL CUAL SE SUPRIME LA EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DEL TOLIMA - TELETOLIMA S. A. CON SOLICITUD DE SUSPENSIÓN PROVISIONAL; se dan las instrucciones de búsqueda.

En la columna de la izquierda de este portal HOMIGUITAS2003 se aprecia una foto del Palacio de Justicia bajo el título “Consejo de Estado”, ahí se hace click. También puede hacer búsqueda en Google de las palabras “Consejo de Estado” y seguir el enlace a la dirección web del portal de ese tribunal.

En el portal del Consejo de Estado se hace click en el botón INICIO y en el botón CONSULTA PROCESOS/CONCEPTOS. En seguida se despliega el botón DEMANDANTE/DEMANDADO/PONENTE y se pincha este botón. A continuación se abre una página con la leyenda “Consulta por Nombres de: Busqueda: Criterio:” En el recuadro Busqueda: se escribe –sin tildes- el nombre del demandante, por ejemplo, “jorge alberto jurado murillo” y en el recuadro Criterio: se selecciona “Demandante/Peticionario”, y a continuación se da click en el botón BUSQUEDA. Aparecerá la siguiente ventana “Consulta por Nombres de :” y se verá un cuadro similar a este:
Para saber más consulte en el siguiente enlace (link):